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DERECHO PENAL DEL ENEMIGO (JAKOBS) COMO TERCERA VELOCIDAD (SILVA SÁNCHEZ)DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO PENAL

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Según JAKOBS, el Derecho penal del enemigo se caracteriza por tres elementos: en primer lugar,  se constata un amplio adelantamiento de la punibilidad, es decir, que en este ámbito, la perspectiva del ordenamiento jurídico-penal es prospectiva (punto de referencia: el hecho futuro), en lugar de -corno es lo habitual- retrospectiva (punto de referencia: el hecho cometido). En segundo lugar, las penas previstas son desproporcionadamente altas: especialmente, la anticipación de la barrera de punición no es tenida en cuenta para reducir en correspondencia la pena amenazada. En tercer lugar, determinadas garantías procesales son relativizadas o incluso suprimidas. De modo materialmente equivalente, en España SILVA SÁNCHEZ ha incorporado el fenómeno del Derecho penal del enemigo a su propia concepción político-crimina.

De acuerdo con su posición, en el momento actual se están diferenciando dos velocidades, en el marco del ordenamiento jurídico- penal:

La primera velocidad sería aquel sector del ordenamiento en el que se imponen penas privativas de libertad, y en el que, según SILVAS SÁNCHEZ, deben mantenerse de modo estricto los principios político-criminales, las reglas de imputación y los principios procesales clásicos.

La segunda velocidad vendría constituida por aquellas infracciones en las que, al imponerse sólo penas pecuniarias o privativas de derechos –tratándose de figuras delictivas de nuevo cuño-, cabría flexibilizar de modo proporcionado a la menor gravedad de las sanciones esos principios y reglas «clásicos». Con independencia de que tal propuesta pueda parecer acertada o no –una cuestión que excede de estas breves consideraciones-, la imagen de las ((dos velocidades» induce inmediatamente a pensar -como ya ha hecho el propio SILVAS SÁNCHEZ -el Derecho penal del enemigo como «tercera velocidad)), en el que coexistirían la imposición  de penas privativas de libertad y, a pesar de su presencia, la flexibilización de los principios político-criminales y las reglas de imputación.


1 comentario

  1. mariela dice:

    excelente el material, gracias de antemano por todos los aportes al estudiante

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